Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2014
Fecha: 05-Feb-2014
II.2.
II.2. Por otro lado, el Juez de garantías, luego de compulsar los antecedentes del expediente concluyó que, la Jueza demandada, mediante decreto de 3 de septiembre de 2013, fijó audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva para el 12 del citado mes y año, sin que curse en antecedentes las notificaciones con dicho señalamiento (fs. 12).