Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2014

    Fecha: 05-Feb-2014

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza de la acción de libertad
    • Preventivo
    • Correctivo
    • Reparador
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • III.2.El derecho a la vida e inaplicación de la subsidiariedad excepcional
    • la acción de libertad también se activa en los casos en que exista un real peligro para éste
    • que considere que su vida está en peligro
    • ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción”
    • En razón del carácter fundamental del derecho a la vida, no son admisibles enfoques restrictivos del mismo
    • el deber de los Estados de adoptar las medidas necesarias para crear un marco normativo adecuado que disuada cualquier amenaza al derecho a la vida
    • equilibrio
    • “Toda persona que considere que su vida está en peligro
    • para pedir su protección a través de este medio constitucional idóneo, eficaz e inmediato, respecto a la vida, su tutela puede ser solicitada de manera directa;
    • III.3.El derecho a la salud en los recintos penitenciarios
    • Fragmento 25
    • III.4.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca