SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2014

Fecha: 05-Feb-2014

II.3.

II.3.    Por memorial de 20 de agosto de 2013, la accionante solicitó el cumplimiento de la detención domiciliaria temporal por sesenta días, con la posibilidad de ampliar la misma previa justificación con certificados médicos, arguyendo que después de la extracción del riñón derecho, mediante informe del 5 de igual mes y año, el Cirujano Urólogo Carlos Molina, indicó que debe realizarse controles periódicos por consulta externa, señalando un reposo relativo y poco esfuerzo físico por treinta días a partir del día de la alta, por lo cual “científica y humanamente” sería imposible una segunda operación (fs. 3 a 4).