SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2014

Fecha: 05-Feb-2014

a)

El abogado de la accionante ratificó el contenido de la demanda, acotando lo siguiente: a) La Jueza demandada ya dispuso la detención domiciliaria; sin embargo, decretó que se considerará después del acto conclusivo a realizarse el 22 de agosto de 2013, en el Recinto Penitenciario Femenino de Miraflores; audiencia que no se llevó a cabo por la inconcurrencia de la citada autoridad judicial y del Fiscal; y, b) No se  pretende la modificación, sino simplemente que no se puede llevar acabo la segunda operación, estando recluida la accionante en el mencionado Penal, cuando necesita reposo para recuperarse y tener condiciones para la segunda operación. La accionante ingresó en huelga de hambre, debido a la negativa de la detención domiciliaria pese a que padece de diabetes.