SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2014

Fecha: 12-Feb-2014

1)

Oswaldo Aguilar Flores, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca, ahora demandado, mediante informe cursante de fs. 26 y vta., refirió que: 1) Reconoce la plena vigencia de los derechos tanto de la menor como de la mujer que se encuentra en estado de embarazo y lactancia; 2) El Ministerio Público fue el que solicitó la aplicación de procedimiento inmediato al tratarse de un delito en flagrancia, por lo que una vez analizadas las pruebas aplicó el art. 393 bis del CPP; 3) De las pruebas aportadas se ha concluido los riesgos de fuga previstos en el art. 234.1 y 2 del CPP; 4) La Resolución que dispone la detención preventiva de la ahora accionante, no fue apelada en ningún momento; 5) Fue asumida la decisión de la aplicación de detención preventiva por el quantum de los delitos y porque no existían las garantías necesarias de que la imputada se sometiera al proceso penal; y, 6) La accionante, tiene todas las vías que otorga la vía ordinaria para pedir la cesación de la detención preventiva.