Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0331/2014
Fecha: 21-Feb-2014
II.2.
II.2. Cursa en obrados la Resolución de Acto Conclusivo 855/2013 de 23 de julio, emitida por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal que rechazó los incidentes y excepciones de defectos absolutos, evidenciando que en ese actuado procesal no se declaró rebelde al accionante ni tampoco se ordenó se expida orden o mandamiento de aprehensión en su contra (fs. 48 a 51).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Los incidentes como medio idóneo para reclamar las vulneraciones al debido proceso (actividad procesal defectuosa)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14