SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2014

Fecha: 21-Feb-2014

a)

La accionante a través de su abogada, ratificó el contenido de la acción planteada y la amplió indicando: a) Se acudió a la acción de libertad por procesamiento ilegal e indebido que privó del derecho a la libertad de su defendida, dado que el Juez ahora demandado no podía anular una resolución de sobreseimiento; por cuanto, implicaría incurrir en usurpación de funciones según lo previsto en el art. 279 del CPP; b) Emergente de ese procesamiento indebido, se impuso la detención preventiva de la accionante, decisión que fue impugnada sin que el Tribunal de alzada hubiera reparado las actuaciones inadecuadas de la autoridad demanda y restituir de manera inmediata su derecho a la libertad; c) Planteado el recurso de reposición, se modificó la fecha para considerar y resolver la solicitud de cesación de la indicada medida cautelar, al haber fijado para el 8 de octubre de 2013, que igualmente constituye dilación indebida dado que son veinte días desde que hizo la petición; y, d) En franca contradicción con la “SC 657/2012-R”, el Juez demandado, una vez notificado con la presente acción decidió modificar la fecha de cesación a la detención preventiva, para el día de mañana en horas de la tarde; empero, no restituyó el derecho fundamental lesionado, considerando la existencia de procesamiento indebido e ilegal que sólo puede ser reparado vía acción de libertad dado que el incidente de nulidad planteado el 12 de mayo de 2011, no fue resuelto.