SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2014
Fecha: 21-Feb-2014
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia; y, el art. 44.2 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 39/13 de 20 de septiembre de 2013, cursante de fs. 9 vta., a 10 vta., pronunciada por el Juez Octavo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo la libertad del menor de edad AA, debiendo remitirse en el día los antecedentes del proceso penal ante el Juez de Partido de la Niñez y Adolescencia de turno, para que sea esta autoridad quien defina la situación jurídica del mismo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- o que considere que su vida o integridad física está en peligro”
- la vida cuando se encuentre en peligro
- III.2. La presunción de minoridad y el régimen de protección a las niñas, niños y adolescentes del Estado Plurinacional.
- III.3.La acción de libertad en el caso de menores infractores y la subsidiariedad excepcional
- a)
- III.4.1. Respecto a la inasistencia de las autoridades demandadas a la audiencia de acción de libertad y la omisión de remitir informe sobre los hechos denunciados
- III.4.2. Sobre la actuación del Fiscal de Materia
- III.4.3. Respecto a la actuación de la Jueza Novena de Instrucción en lo Penal
- REVOCAR en todo