Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2014
Fecha: 25-Feb-2014
i)
El accionante alega la vulneración del derecho al debido proceso, toda vez que dentro del proceso de desalojo seguido por Julio Martin Barrón Yapur contra su persona, por falta de pago de alquileres, asistieron los siguientes actos ilegales: i) La Jueza demandada en vez de providenciar su solicitud emitió una orden de desalojo, la cual considera que vulnera el procedimiento; y, ii) Las personas que envió Julio Martin Barrón Yapur, a impedir su ingreso al edificio donde funciona su instituto, aplicaron medidas de hecho, constituyéndose en una persecución indebida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador,
- CONFIRMAR