Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.4.
II.4. Consta escrito presentado el 3 de octubre de 2013, en el cual el accionante solicitó enmienda y complementación del Auto de 1 de igual mes y año, mereciendo el Auto de 7 del mismo mes y año, que declaró sin lugar dicha petición, manteniendo incólume en todas sus partes el Auto de 1 de octubre de 2013 (fs. 47 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador,
- CONFIRMAR