SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2014

Fecha: 25-Feb-2014

1)

La parte accionante, a través de su abogado ratificó el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional, asimismo añadió que: 1) Ninguna de las autoridades demandadas, consideró que la ampliación de la imputación se realiza contra tres personas entre las que no se encuentra su defendida, pese a existir un informe del investigador asignado al caso; 2) Un argumento de la Jueza a quo, es que los incidentes ya fueron formulados por los otros imputados y también resueltos, por lo que ya no se podía interponer éstos nuevamente, desconociendo el derecho que tiene cada imputado de actuar de manera independiente puesto que un imputado no es “apéndice” del otro; 3) En ningún momento se le indicó a la ahora accionante, que se le estaba ampliando la imputación por otros dos delitos más; 4) No se observó que el fallo de primera instancia no cumple con el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP); 5) La Jueza cautelar en lugar de resolver lo impugnado realizó otras consideraciones que no eran parte del incidente; 6) El Tribunal de alzada, tampoco realizó una correcta fundamentación y tampoco se pronunciaron sobre el incidente de falta de control jurisdiccional; y, 7) Se tuvo que “peregrinar” dos meses para que la apelación sea remitida al Tribunal de alzada y sea resuelta.