SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2014
Fecha: 25-Feb-2014
III.3. Análisis del caso concreto
La accionante, refiere que dentro del proceso penal que se le sigue, las autoridades demandadas, dispusieron en ambas instancias su detención preventiva; sin embargo, estas Resoluciones carecen de la debida fundamentación, no se consideró todas las observaciones realizadas además que en segunda instancia los Vocales demandados se pronunciaron a puntos que no fueron apelados, lesionando así sus derechos.
De manera previa y conforme se indicó en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, si bien la accionante mediante la presente acción pretende se disponga su libertad; sin embargo, conforme se tiene de la jurisprudencia constitucional y del art. 53.5 del CPCo, mediante la acción de amparo constitucional no se puede tutelar el derecho a la libertad puesto que existe una acción específica para ello como es la acción de libertad; empero, también se denuncia que las autoridades judiciales tanto de primera como de segunda instancia hubieren vulnerado sus derechos al debido proceso y a la defensa, y al ser estos derechos elementos que pueden ser analizados por la acción de amparo constitucional, se pasará a realizar el correspondiente análisis a fin de tutelar o no estos derechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- Fragmento 8
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedencia
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la tutela al debido proceso y sus elementos tanto por la acción de amparo constitucional como por la acción de libertad
- conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR en parte