SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2014

Fecha: 25-Feb-2014

III.3. Análisis del caso concreto

La accionante, refiere que dentro del proceso penal que se le sigue, las autoridades demandadas, dispusieron en ambas instancias su detención preventiva; sin embargo, estas Resoluciones carecen de la debida fundamentación, no se consideró todas las observaciones realizadas además que en segunda instancia los Vocales demandados se pronunciaron a puntos que no fueron apelados, lesionando así sus derechos.

De manera previa y conforme se indicó en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, si bien la accionante mediante la presente acción pretende se disponga su libertad; sin embargo, conforme se tiene de la jurisprudencia constitucional y del art. 53.5 del CPCo, mediante la acción de amparo constitucional no se puede tutelar el derecho a la libertad puesto que existe una acción específica para ello como es la acción de libertad; empero, también se denuncia que las autoridades judiciales tanto de primera como de segunda instancia hubieren vulnerado sus derechos al debido proceso y a la defensa, y al ser estos derechos elementos que pueden ser analizados por la acción de amparo constitucional, se pasará a realizar el correspondiente análisis a fin de tutelar o no estos derechos.