SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2014
Fecha: 25-Feb-2014
Fragmento 16
La accionante, denuncia presunta vulneración a sus derechos a la integridad física y a la vida, aduciendo que al ser una persona de la tercera edad, con más de setenta y dos años y viuda; a raíz de problemas suscitados respecto a unos enseres personales de su hija, ésta la habría demandado penalmente, formalizando querella por la presunta comisión de los delitos de despojo y daño simple, atentando contra su existencia y dignidad de mujer y madre; en cuya audiencia de juicio oral, sus abogados interpusieron excepción de incompetencia e incidentes de falta de tipicidad y última ratio, que fueron rechazadas por el Juez demandado, disponiendo la prosecución del juicio, sometiéndola a audiencias, que conforme afirma, laceran su existencia, al observar a su propia hija, impetrar mandamiento de aprehensión, cuando por sus años y la presión que sufre, no puede llegar puntualmente a las mismas o solicitando se dicte condena en su contra, por algo que no hizo, situación que definitivamente afecta su integridad física, su vida y configura un indebido procesamiento.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- Preventivo
- Correctivo
- Reparador
- III.2. La acción de libertad instructiva y el derecho a la vida
- En razón del carácter fundamental del derecho a la vida, no son admisibles enfoques restrictivos del mismo
- el deber de los Estados de adoptar las medidas necesarias para crear un marco normativo adecuado que disuada cualquier amenaza al derecho a la vida;
- equilibrio
- está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción'.
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR