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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2014

    Fecha: 25-Feb-2014

    II.2.

    II.2.  El Juez demandado, en audiencia informó que dictó Auto de apertura de juicio y la accionante formuló excepciones de incompetencia y cosa juzgada, que fueron rechazadas; y que no expidió ningún mandamiento contra la accionante, quien no estaría siendo perseguida, tampoco estaría en peligro su vida.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • deniega
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.                                    Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
    • Preventivo
    • Correctivo
    • Reparador
    • III.2. La acción de libertad instructiva y el derecho a la vida
    • En razón del carácter fundamental del derecho a la vida, no son admisibles enfoques restrictivos del mismo
    • el deber de los Estados de adoptar las medidas necesarias para crear un marco normativo adecuado que disuada cualquier amenaza al derecho a la vida;
    • equilibrio
    • está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción'.
    • Fragmento 16
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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