SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.1.
II.1. El 1 de agosto de 2013, a horas 15:10, se instaló audiencia de juicio oral dentro del proceso penal seguido por Óscar Alanoca Quispe la presunta comisión del delito de violación de niño (a) adolescente contra Miguel Ángel Flores Orihuela, acto que fue suspendido ante la inasistencia injustificada del abogado de la parte acusadora; del representante de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, del imputado y su abogado defensor; imponiéndose en esa ocasión una multa pecuniaria de Bs 200.- en contra del abogado de la defensa únicamente y advirtiéndosele que de reiterarse esa conducta se declararía el abandono malicioso de la defensa; señalándose nueva audiencia para horas 9:30 del 9 de igual mes y año, notificándose al accionante a horas 15:10 del 7 del indicado mes y año (fs. 3 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la audiencia de juicio oral, causales de suspensión y abandono malicioso
- III.3. Poder ordenador y disciplinario de jueces y tribunales de acuerdo al art. 339 del CPP a la luz del principio de proporcionalidad
- III.4. Análisis del caso concreto