SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2014

Fecha: 25-Feb-2014

denegó

La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 29 de 23 de agosto de 2013, cursante de fs. 119 a 120, denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes argumentos: i) El accionante cumplió con el primer requisito que establece la jurisprudencia -el de acreditar el derecho de propiedad sobre el bien inmueble objeto de avasallamiento y que ese derecho no se encuentre cuestionado-; sin embargo, el demandado también presentó documentación que sustenta, ser propietario del mismo lote de terreno, situación que corresponde ser resuelta en la jurisdicción ordinaria, habida cuenta que ninguna de las partes, demostró de forma idónea la ubicación exacta del lote de terreno; y, ii) Como segundo requisito determina que además del derecho de propiedad no debe estar cuestionado, el accionante debe acreditar el avasallamiento u ocupación arbitrario o violento; en los hechos, ésta exigencia no fue cumplida; máxime si el propio accionante afirma que compro el terreno para su comercio, sin realizar mejora alguna; es decir, que no puso linderos, ni muros perimetrales, lo cual no da la certeza de que se encontraba en posesión; tampoco existiendo certeza respecto a la afirmación que se expulsó al casero o que éste se encuentre viviendo en el terreno, de manera que el tema de posesión, también es cuestión a definir en la jurisdicción ordinaria.