SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2014

Fecha: 25-Feb-2014

Fragmento 12

         Entendimiento fortalecido mediante la SC 1696/2010-R de 25 de octubre, cuando determina que: “…no es posible otorgar la tutela demandada, cuando no existe la prueba suficiente que de certeza respecto a que los actos denunciados se produjeron en los terrenos del accionante, que existió una medida de hecho y que se hubiese lesionado el derecho a la propiedad privada, puesto que como se explicó en el punto precedente, dada la finalidad de la acción de amparo constitucional: 'no define derechos que estén controvertidos', por tanto la controversia del derecho propietario debe dilucidarse en la jurisdicción ordinaria” (las negrillas son propias).