SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2014

Fecha: 25-Feb-2014

II.6.

II.6.  Por Acta de 23 de septiembre de 2013 (fs. 45 a 46), con hoja adjunta de firmas, en presencia de Blanca Cuiza Portal, Intendenta Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, Lilian Gonzáles Condori en representación de la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad (UMADIS), Felicia Fuertes Choque de Martínez -ahora accionante- acompañada de su abogado y la presencia de dirigentes de la Asociación de Comerciantes Minoritas “Héroes del Chaco y Bustillos”, en un esfuerzo conjunto de la Intendencia y la Oficina Municipal de la Persona con Discapacidad, se le otorgó y fue posesionada en un espacio en “…inmediaciones de Triángulo Productivo a la altura de las señora que venden artesanías…”, luego que la interesada rechazó la posibilidad de otros puestos en otros centros gremiales como el Mercado Vicuñas, Mercado Abasto, etc. Esta Acta está firmada por la Intendente Municipal, la trabajadora social y los miembros directivos de la Asociación. No consta la firma de la accionante.