SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2014

Fecha: 25-Feb-2014

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 253/013 de 10 de octubre de 2013, cursante de fs. 261 a 264 vta., denegó la tutela solicitada, argumentando que: 1) La acción de amparo constitucional no es el medio para tutelar principios sino derechos fundamentales; 2) La vinculatoriedad de las Sentencias Constitucionales antes de ser para los litigantes, lo es para el juez, más aun si la “SC 2621/2012”, es anterior a los actos preparatorios de remate; y, 3) No es posible aceptar que la base del valor de la subasta lo sea en mérito a una norma que dejó de tener vigencia, ni tampoco es aceptable que la parte ejecutada haya perdido su derecho al reclamo por preclusión. Por lo que las autoridades demandadas al haber anulado obrados no vulneraron ninguno de los derechos alegados por la accionante, sino que lo que hicieron fue sanear el proceso y salvar que el mismo se lleve sin vicios de nulidad.