Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL0235/2014
Fecha: 05-Feb-2014
CONFIRMAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional, revisión resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 34 de 26 de julio de 2013, cursante de fs. 24 vta. a 26, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de que no se ingresó al análisis de la problemática planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- improcedente” y denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. De la cosa juzgada por identidad parcial de sujetos
- III.4. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo