Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL0235/2014
Fecha: 05-Feb-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Zacarias Navia Navia se encuentra detenido en el Centro de rehabilitación “Palmasola” de Santa Cruz, desde el 28 de noviembre de 1989, y según recuerda fue sentenciado a treinta años de prisión por la presunta comisión del delito de asesinato; sentencia que no esta ejecutoriada y, sin embargo, estuvo veintitrés años en prisión tiempo en el que se extravió su expediente en estrados judiciales, por lo que no puede estar a derecho menos recurrir ante una autoridad competente; además, no sabe si tiene asignado un Fiscal a su caso. En base a lo señalado, ante la inexistencia del cuaderno procesal, el accionante estaría ilegal e injustamente detenido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- improcedente” y denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. De la cosa juzgada por identidad parcial de sujetos
- III.4. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo