SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0553/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0553/2014

Fecha: 10-Mar-2014

concedió

El Juez Primero de Partido y de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, emitió la Resolución 27/13 de 26 de septiembre de 2013, cursante de fs. 47 a 55, por la que concedió la tutela, dejando sin efecto el Auto Interlocutorio de 2 de septiembre de 2013 y los decretos de 14 y 22 de agosto del mismo año; ordenando que la autoridad demandada, admita la demanda de homologación en el plazo de veinte y cuatro horas; bajo los siguientes argumentos: a) Los memoriales presentados por la parte accionante solicitando la admisión de la demanda de homologación, deben ser tomados en cuenta como la formulación de reposición, por lo que se habría agotado la vía ordinaria; b) Los derechos de las menores de edad exigen un tratamiento inmediato por su condición de vulnerabilidad en la sociedad; c) El accionante, se estaría apersonando en calidad de abuelo y en representación de sus nietas menores de edad ante la ausencia de la madre; d) El art. 60 de la CPE,  determina que se debe velar por el interés superior de los niños y el acceso a una justicia pronta y oportuna; y, e) La solicitud de poder especial para el procedimiento de homologación se constituye en un formalismo procedimental, toda vez que el accionante se encontraría actuando por su hija y madre de las menores.