SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2014

Fecha: 10-Mar-2014

II.3.

II.3.    La Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dictó Auto de Vista 78/12 de 8 de junio de 2012, por el que confirmó la Sentencia 154/2011, únicamente por la apelación que realizó la parte demandante, y no así por el ahora accionante, porque apeló fuera del término de los tres días que señala el art. 228 del CPT, conforme se desprende del primer considerando del citado Auto de Vista, en el que sostiene que: “…es concedido únicamente el recurso de apelación planteado por la parte demandante, ya que si bien la parte demandada plantea recurso de apelación no lo hace en observancia al plazo establecido por el Art. 228 del Código Procesal del Trabajo, es así que mediante Resolución 577/2011, de fs. 302 es concedido el recurso de apelación de la entidad denunciante, en el efecto suspensivo…” (sic) (fs. 81 a 82).