SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0582/2014
Fecha: 10-Mar-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante por intermedio de sus abogados, se ratificó en los términos de la acción de amparo constitucional interpuesta. Agregó que con la documentación presentada, acreditó además de su derecho propietario, también la posesión sobre el terreno durante más de veinte años, al haber realizado trabajos de pastoreo, siembra de árboles frutales, fabricación de adobes y ladrillos, explotación de arcilla, llegando inclusive a alquilar a la fábrica Ceramil para la extracción de arcilla, mediante los contratos de 1 de abril de 1981 y 9 de diciembre de 1983; además demuestra la posesión sobre el predio al haber cancelado impuestos de las gestiones 2010 y 2011, así como también por las construcciones realizadas el 13 de mayo de 2013, las mismas que fueron destruidas por un grupo de personas que portaban palas y picotas, conforme se puede apreciar en las fotografías que acompañan; acciones de hecho que se cometieron sin considerar la tercera edad de la accionante ni que sus hijas son mujeres, ni el número de personas que invadieron su propiedad, evidenciándose la desproporcionalidad entre ambas partes.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional.
- III.2. Protección de la acción de amparo constitucional frente a invasión de predios mediante medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte