SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2014

Fecha: 14-Mar-2014

Dentro de las particularidades de la acción de libertad, también está el de las personas que estando privadas de libertad se encuentran ante una amenaza comprobada a su vida o la necesidad de adoptar una medida que compatible con el sistema punitivo del Estado que proteja de manera efectiva el derecho a la vida”

Dentro de las particularidades de la acción de libertad, también está el de las personas que estando privadas de libertad se encuentran ante una amenaza comprobada a su vida o la necesidad de adoptar una medida que compatible con el sistema punitivo del Estado que proteja de manera efectiva el derecho a la vida” (las negrillas nos corresponden).

De la línea jurisprudencial citada, se puede establecer que el derecho a la vida es un derecho humano fundamental de donde emergen los demás derechos, cuyo goce es un prerrequisito para el disfrute de todos los demás derechos humanos, mismo que al ser vulnerado resta sentido a los otros derechos. Asimismo, el derecho fundamental a la vida comprende, no sólo el derecho de no ser privado de la vida arbitrariamente, sino también comprende el derecho a que no se le impida el acceso a las condiciones que le garanticen una existencia digna; el derecho al desarrollo de la persona, la forma de cómo el Estado puede tutelar dicho derecho cuando se encuentre en peligro por una amenaza cierta o requiera la adopción de medidas administrativas o judiciales para evitar daños irreparables. También comprende la necesidad de adoptar medidas de compatibilización con el sistema punitivo del estado para proteger de manera efectiva el derecho a la vida, cuando el privado de libertad se encuentre ante una amenaza comprobada a su vida

Ahora respecto a la protección del derecho a la vida a través de la acción de libertad, la SCP 2468/2012 de 22 de noviembre señaló lo siguiente: “Cabe resaltar que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, protegió el derecho a la vida a través del recurso de hábeas corpus, por conexitud con el derecho a la libertad de locomoción, en las SSCC 470/2004-R, 6512004-R, entre otras.