Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2014
Fecha: 25-Mar-2014
II.2.
II.2. El 7 de enero de 2013, la UPEA suscribió con el accionante dos contratos administrativos de adquisición de bienes UPEA-INS-ANPE-2C-B 026/2012 “(Ful y Centro de Estudiantes)”, y el segundo UPEA-CBS 0003/“2013” de adquisición de bienes del proyecto UPEA-INS-ANPE-2C-B 027/2012, equipamiento con computadoras portátiles y datas “(FUL y Centro de Estudiantes)”, primera convocatoria (fs. 8 a 13).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.3. Análisis del caso concreto
- La seguridad jurídica en la Constitución Política del Estado
- CONFIRMAR