SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2014
Fecha: 25-Mar-2014
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante alega que se han vulnerado sus derechos a “seguridad jurídica” y al trabajo, por cuanto el Rector de la UPEA, desde enero de 2013, a la fecha no le cancela el monto adeudado por concepto de laptops, que entregó a dicha entidad en cumplimiento de dos contratos suscritos, habiendo recibido dos pagos parciales, al haberse adjudicado mediante licitación pública la provisión de los equipos de computación, que entregó en su totalidad con otros accesorios más como son maletines para las computados, flash memory y “otros”; por lo cual ante su reclamo de pago recibió como respuesta una nota que no tiene validez legal comunicándole la resolución de los dos contratos reservándose la retención de los equipos en almacén hasta que se haga efectiva la devolución de los pagos parciales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.3. Análisis del caso concreto
- La seguridad jurídica en la Constitución Política del Estado
- CONFIRMAR