Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2014
Fecha: 25-Mar-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica” y al trabajo, toda vez que se adjudicó una licitación pública para proveer a la UPEA laptops, que fueron entregadas a dicha Universidad mediante la suscripción de dos contratos, habiendo recibido dos pagos parciales; sin embargo desde enero de 2013, a la fecha no se le canceló lo adeudado, recibiendo contrariamente una nota sin validez legal donde el demandado le comunicó la resolución de los contratos, no obstante de haber recibido los equipos de computación en su totalidad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.3. Análisis del caso concreto
- La seguridad jurídica en la Constitución Política del Estado
- CONFIRMAR