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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2014

    Fecha: 25-Mar-2014

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • conceder
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
    • empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
    • Conforme a la jurisprudencia glosada precedentemente, para que se abra la tutela que brinda la acción de libertad, es necesario que las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen la aplicación de medidas cautelares de carácter personal sean previamente impugnadas a través del recurso previsto en el art. 251 del CPP, al ser un medio específico, idóneo e inmediato para la reparación de las lesiones al derecho a la libertad"
    • Fragmento 11
    • III.2. La función del Tribunal Constitucional Plurinacional frente a groseras violaciones de derechos fundamentales
    • Fragmento 13
    • III.3. Imposición de medidas cautelares sólo procede en audiencia oral, pública y contradictoria
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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