Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2014
Fecha: 25-Mar-2014
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 024/2013 de 10 de octubre, cursante de fs. 80 a 81 vta., pronunciada por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; y en consecuencia, CONCEDER en parte la tutela, en los términos de la Resolución revisada, con la modificación de disponer la calificación de daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia, de conformidad a lo establecido en el art. 39 del CPCo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Inamovilidad laboral de las mujeres embarazadas, madres y progenitores con hija o hijo menor a un año y la excepción al principio de subsidiariedad
- garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente
- el acudir directamente ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en resguardo de su derecho a la inamovilidad, en el caso que se hubiera incumplido la previsión constitucional de resguardo a su estabilidad laboral. Inclusive, admitiéndose el interponer acciones de defensa de este derecho ante esta jurisdicción
- III.3. Del cumplimiento de los principios constitucionales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR