SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2015-S2

Fecha: 29-Abr-2014

i)

Los accionantes denuncian como lesionados sus derechos a la elegibilidad, al debido proceso en su componente de motivación y fundamentación y el principio de reserva legal, por cuanto: i) El TSE los inhabilitó como candidatos del PDC por el departamento de Beni, a través de las Resoluciones que ahora se impugnan; toda vez que, por circular TSE-PRES-SC 005/2014, se establecieron los requisitos a cumplir por los candidatos, entre los que se exigía la presentación del certificado expedido por el SIPPASE de no tener antecedentes de violencia ejercida contra una mujer o cualquier miembro de la familia, documento que alternativamente permitía la presentación de la declaración jurada realizada ante Notaria de Fe Pública y la del certificado expedido por el REJAP, requisito que fue cumplido por los accionantes; y, ii) No obstante haber objetado la resolución que los inhabilitaba como candidatos a través del recurso de revisión extraordinaria formulado ante TSE, éste fue declarado improcedente.