Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0707/2014
Fecha: 10-Abr-2014
II.3.
II.3. A través del informe 49/13 de 23 de octubre de 2013, la Responsable de la Central de Diligencias del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, Aleyda Gómez Iporre, manifestó que revisado el Sistema IANUS, concretamente el proceso seguido por el Ministerio Público contra Maria Hilda García Mamani, se verificó que la central de diligencias a su cargo, no recibió órdenes generales de diligenciamiento con el señalamiento para la audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva (fs. 15).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concediendo
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 11
- III.2. El principio de celeridad debe concretarse en los trámites de las solicitudes de cesación a la detención preventiva
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.4. Respecto al carácter vinculante y cumplimiento obligatorio de las Sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo