Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2014
Fecha: 10-Abr-2014
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante, ratificó la acción planteada, reiterando los mismos presupuestos fácticos y normas supuestamente vulneradas; haciendo énfasis en que la Circular SC 02/2013 de 22 de mayo, emitida por el Tribunal Supremo Electoral, aclara y ordena que la presentación de los libros de adherentes en las iniciativas de revocatoria de mandato fenecía el 31 de mayo de la mencionada gestión, tal cual lo dispone el Reglamento de Revocatoria de Mandato en su art. 5.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Su configuración
- III.2. Normativa aplicable al caso específico
- Esta resolución no admitirá recurso ulterior
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR