SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2014
Fecha: 10-Abr-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al ejercicio del poder político, debido proceso y de “impugnación” (sic), alegando que el 24 de enero de 2013, tanto su persona como María Elena Cuéllar Tórrez, Antonio Ordoñez Zambrana y Daniel Castillo Flores, promovieron la iniciativa popular de revocatoria de mandato del Alcalde y Concejales del Gobierno Municipal de Villamontes, por lo cual los Vocales demandados, mediante Resolución 11/2013 de 30 de enero, resolvió su habilitación como promotores, debiendo acreditar mínimamente la adhesión del treinta por ciento de ciudadanos del padrón electoral que ascendía a seis mil veintitrés votantes, en el plazo de noventa días a partir de la notificación con la referida resolución, plazo que vencía el 8 de mayo de 2013, fecha en la cual se hizo entrega a Secretaría de Cámara del TED Tarija, de sesenta y cinco libros correspondientes a la solicitud de iniciativa de revocatoria de mandato; sin embargo, el 22 de mayo de 2013, la Sala Plena del TED Tarija a través de Resolución RSP/TED/TJA 043/2013, determinó el rechazo de la iniciativa popular de revocatoria de mandato, entendiendo que no existía el porcentaje requerido a dicho efecto, no obstante que el Tribunal Supremo Electoral emitió la Circular TSE-PRES-SC-002/2013, ampliando la entrega de libros hasta el 31 de mayo de dicha gestión; fecha en la cual se hizo entrega de trece libros de firmas adicionales conteniendo un mil trescientas firmas de adherentes; actuado que no fue aceptado, con el añadido que recién el 5 de junio de 2013 se le notificó con la Resolución RSP/TED/TJA 043/2013, contra la cual presentó impugnación que derivó en el pronunciamiento del Auto de 6 de junio de 2013, mediante el cual el Tribunal Electoral Departamental Tarija rechazó in límine el recurso planteado, bajo el argumento que la Resolución apelada es irrecurrible.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Su configuración
- III.2. Normativa aplicable al caso específico
- Esta resolución no admitirá recurso ulterior
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR