Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2014
Fecha: 21-Abr-2014
II.1.
II.1. El 28 de octubre de 2013, Miguel Tapia Quispe, en representación de la Empresa UNITED TRUCKS Srl, denunció ante la FELCC Zona Sur “Los Lotes” contra los chóferes Guillermo Eloy Quispe Valle y Severino Coro Flores, por el delito de Hurto de combustible (Diesel Oil) de propiedad de YPFB Corporación, solicitando se investigue (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- de manera excepcional opera el principio de subsidiariedad ante la existencia de medios de impugnación específicos e idóneos para restituir de manera inmediata los derechos objeto de su protección
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo