SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2014

Fecha: 25-Abr-2014

II.8.

II.8.    Mediante decreto de 1 de noviembre de similar año, la Jueza codemandada, dispuso que, en observancia del art. 320 del CPP, que no prevé la remisión de la causa, se devuelva el expediente descrito supra, al juzgado de origen en el día, disposición que se efectivizó a través del oficio de 4 del mismo mes y año (fs. 10 y 11).