Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2014
Fecha: 30-Abr-2014
acción de libertad
En revisión la Resolución 117/2013 de 25 de octubre, cursante de fs. 32 a 33 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Mariluz Ángela Velasco Vargas, contra Rafael Alcón Aliaga, Juez y Wendy Ingrid Rojas Chuquimia, Secretaria, ambos del Juzgado Primero de Ejecución Penal; y, “Froriselda Reyes”, Directora del Centro Penitenciario Femenino Miraflores, todos del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.5
- III.1.Jurisprudencia reiterada respecto a la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados;
- III.2.Análisis del caso concreto
- al margen de velar porque se respeten los derechos y garantías del detenido, tienen también la alta responsabilidad que les asigna la ley, de evitar que el interno que estuviese detenido por orden de otras autoridades se evada, burlando a la justicia, lo que le generaría igualmente responsabilidad
- CONFIRMAR