SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2014

Fecha: 30-Abr-2014

denegando

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 117/2013 de 25 de octubre, cursante de fs. 32 a 33 vta., denegando la tutela impetrada, bajo los siguientes fundamentos: i) Conforme las atribuciones conferidas en el art. 176 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), la autoridad judicial tiene plena facultad para revocar la libertad condicional en caso de incumplimiento de las medidas impuestas, por lo que no se evidencia vulneración de ningún derecho por parte del Juez Primero de Ejecución Penal; y, ii) Las actuaciones efectuadas por la secretaria del juzgado se limitan a lo señalado por la ley, no teniendo ningún tipo de responsabilidad en relación a las disposiciones y resoluciones emitidas por la autoridad judicial.