Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2014
Fecha: 30-Abr-2014
Fragmento 12
Primeramente aclarar, que conforme a la jurisprudencia constitucional, desarrollada en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; es posible acceder directamente a la acción de libertad, en los casos no vinculados a la comisión de un delito, como en el presente, por lo cual se ingresa a considerar el fondo de la causa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Presupuestos de activación
- i)
- Fragmento 8
- III.2. El acceso directo a la acción de libertad, en casos no vinculados a la comisión de un delito
- Fragmento 10
- III.3. Sobre la persecución ilegal o indebida
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR