Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2014
Fecha: 30-Abr-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Denunció a la División de Investigaciones Especiales de Tránsito de Sacaba, el choque que sufrió su automóvil, por un minibús cuyo chofer se habría dado a la fuga del lugar. Sin embargo, se señaló audiencia de conciliación para ese mismo día, a la cual acudió, donde en el recinto policial, un uniformado suspicazmente comunicó a otro policía, que él (refiriéndose a su persona), seria detenido debido a que, “sin copia de la denuncia no puede circular“, por lo que, presume que está perseguido indebidamente, no existiendo otro medio para impedir su detención, por ello interpuso la presente acción tutelar.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Presupuestos de activación
- i)
- Fragmento 8
- III.2. El acceso directo a la acción de libertad, en casos no vinculados a la comisión de un delito
- Fragmento 10
- III.3. Sobre la persecución ilegal o indebida
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR