Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2014
Fecha: 30-Abr-2014
Fragmento 13
El accionante refiere que, denunció a la División de Investigaciones Especiales de Tránsito de Sacaba, un hecho de tránsito, en el que su vehículo sufrió daños materiales, siendo convocado a una audiencia de conciliación y que al apersonarse a la institución, escuchó decir a un policía -el ahora demandado- que su persona, sería detenida porque, “sin copia de la denuncia no puede circular”, lo cual le hizo presumir que está siendo persiguiendo indebidamente.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Presupuestos de activación
- i)
- Fragmento 8
- III.2. El acceso directo a la acción de libertad, en casos no vinculados a la comisión de un delito
- Fragmento 10
- III.3. Sobre la persecución ilegal o indebida
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR