SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0835/2014
Fecha: 30-Abr-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
A raíz de un proceso de asistencia familiar incoada en su contra por Teodora Adela Aramayo Torrez, la Jueza Segunda de Instrucción de Familia, Mariana Ramírez Allamprese, el 15 de octubre de 2013, a solicitud de la demandante y no obstante, a varios intentos fallidos de conciliación, emitió mandamiento de apremio 93/2013, el cual fue ejecutado de forma excesiva en su contra, por cuanto funcionarios policiales de Tupiza (Potosí), el 8 de noviembre de 2013, al promediar las 17:30, mientras se encontraba trabajando como chofer conduciendo una volqueta, fue interceptado por un vehículo que le bloqueó el paso, de donde bajaron dichos efectivos policiales y lo condujeron hasta la ciudad de Tarija, luego de haber recorrido más de 200 Kilómetros, a hrs. 00:30 del 9 de noviembre de 2013, se registró su ingreso al Penal de Morros Blancos de la indicada ciudad, donde actualmente permanece recluido.
Puntualiza que si bien el mencionado mandamiento de apremio, es legal; sin embargo, lo arbitrario y lesivo a sus derechos, es el hecho que se le haya conducido desde el lugar donde vive Tupiza hasta Tarija, sólo para cumplir dicho mandamiento, cuando lo correcto era que cumpla su restricción de libertad hasta que cancele la suma adeudada por pensiones en el lugar donde fue encontrado, ya que el apremio en materia de asistencia familiar, únicamente tiene el carácter coercitivo para el pago, no se puede agravar esa restricción trasladándolo innecesariamente hasta el Distrito Judicial de la Jueza que emitió dicha Resolución, por ser no sólo atentatorio a su libertad, seguridad, vida y dignidad, ya que al trasladárselo injustificadamente implica además agravarle su sanción, por cuanto se lo aisló de su familia, quienes podrían asistirlo con alimento y hasta ayudar a pagar su deuda; máxime, sin en ningún momento se le advirtió que el mandamiento de apremio contenía esa facultad extraordinaria de conducción hasta el Distrito Judicial de Tarija, ya que la Resolución de la juzgadora sólo se limitó a señalar que se expedirá dicho mandamiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Sobre el apremio en asistencia familiar
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo