Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0835/2014
Fecha: 30-Abr-2014
II.6.
II.6. Consta que a hrs. 12:00 del 13 de septiembre de 2013, la oficial de Diligencias del Juzgado Segundo de Instrucción Mixto y Cautelar de Tupiza, en cumplimiento al decreto de 10 de septiembre de 2013, procedió a notificar con el indicado exhorto, mediante cédula fijado en su domicilio al ahora accionante Luis Eduardo Villanueva Flores (fs. 33 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Sobre el apremio en asistencia familiar
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo