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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0835/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0835/2014

    Fecha: 30-Abr-2014

    II.8.

    II.8. No obstante, a que la jueza demandada, el 27 de septiembre de 2013 y 9 de octubre de 2013, instaló la audiencia de conciliación, las mismas fueron suspendidas, ya que en la primera fecha, no asistió la parte demandante y en la segunda, ninguna de las partes, pese a su legal notificación ( fs. 36 a 38).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 13
    • III.1.  Alcance y finalidad de la acción de libertad
    • III.2.  Sobre el apremio en asistencia familiar
    • III.3.  Análisis en el caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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