SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0838/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0838/2014

Fecha: 30-Abr-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que mediante Auto de 4 de noviembre de 2013, la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal, dispuso la detención preventiva del accionante en el penal de San Sebastián, al haber establecido la existencia de los presupuestos establecidos en los numerales 1 y 2 del art. 233; 1, 2 y 5 del art. 234 del Código de Procedimiento Penal (CPP).       

Señala que, con la finalidad de desvirtuar los motivos que concurrieron para la detención preventiva, mediante memorial de 11 de noviembre de 2013, Wilson Daniel Coca Cruz solicitó la cesación de la detención preventiva, señalándose fecha de audiencia para el 18 del mismo mes y año; empero, instalada la misma, extrañamente la Jueza demandada, sin fundamento jurídico, suspendió la audiencia, manifestando la existencia de una apelación al Auto de aplicación de medidas cautelares por parte de la víctima, y a pesar de haber solicitado la complementación y enmienda del proveído de suspensión de audiencia, solo reiteró la suspensión con los mismos argumentos.