Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2014-RCA
Fecha: 09-May-2014
6.
6. Solicita como aplicación de medida cautelar; que se notifique a la Jueza Segunda de Partido, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, para que no se levanten las medidas precautorias ya ejecutadas en el proceso coactivo Fiscal seguido por el BCB contra Martha Albarracín de Pérez, Jorge Arispe Camacho y Freddy Aguirre Marquiegui, en forma solidaria con Juan Antonio Morales Anaya, Jaime Valencia Valencia y Rodolfo Sucre Alarcón por Bs17 584.
- Fragmento 1
- perdida de activos y bienes del Estado por negligencia, irresponsabilidad de los empleados y funcionarios a suyo cargo se encuentran
- I.2.
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in limine”
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial´”
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- II.3.1. Otras consideraciones
- 2.
- 6.