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    AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2014-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2014-CA

    Fecha: 30-May-2014

    2°

    2°     ADMITIR la acción de inconstitucionalidad concreta formulada por Royer Juanes Abasto, demandando la inconstitucionalidad de los       arts. 18, 19, 39 inc.B. 3. 14 y 15, 57 inc. b), 75, 76 y 88 del Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la Universidad Policial “Mariscal Antonio José de Sucre”.

    • Presidente de la Comisión del Régimen Disciplinario de la Academia Nacional de Policías (ANAPOL)
    • I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
    • “no promovió”
    • II.1.  Normas administrativas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.3.  Requisitos de procedencia y contenido de la acción de inconstitucionalidad concreta
    • cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”
    • II.4.  Análisis del caso concreto
    • 2°
    • 3º      Poner

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