SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2014

Fecha: 08-May-2014

1)

Ruth Marcia Rojas Virhuez, Jueza Agroambiental de las provincias Florida y Manuel María Caballero, por Auto 62/2013 de 23 de septiembre, cursante de fs. 101 vta., declinó competencia por razón de materia, bajo los siguientes fundamentos: 1) Si bien la norma establece la competencia de los jueces agrarios para conocer los procesos interdictos de recobrar la posesión, la delimitación de ésta exige que se tomen en cuenta otros elementos, partiendo del trabajo como fuente fundamental para la adquisición y conservación de la propiedad agraria y la función social que debe cumplir la misma; 2) El régimen legal de la tierra y en especial de la jurisdicción a aplicarse, no puede quedar librada única y exclusivamente a lo que dispongan los gobiernos autónomos municipales en cuanto al uso del suelo, por lo que para definir la competencia se deberá además considerar la actividad desarrollada en el mismo; 3) De acuerdo a antecedentes procesales, el inmueble objeto de la demanda de interdicto de recuperar la posesión se encuentra ubicado dentro del área urbana de la comunidad “El Churo” y la actividad desarrollada en el mismo es netamente urbana, siendo que el acta de inspección ocular en el cual se describe como un lote de terreno de “150 m” aproximadamente, con instalaciones de agua potable y una precaria construcción de un cuarto, material de construcción, mueble, enseres, entre otras cosas, no observa “…nada que vincule la propiedad inmueble al carácter agrario por tanto no puede ser de conocimiento de la judicatura agraria (ahora agroambiental)” (sic.); y, 4) Anula obrados hasta fs. 93 inclusive y ordena  la remisión del conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.