SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2014
Fecha: 08-May-2014
II.4.
II.4. Cursa a fs. 29, acta de 26 de abril de 2004, suscrito por el Director del Sindicato Agrario de la comunidad de El Churo y el Secretario General de la Central Única de Trabajadores Campesinos de la provincia Manuel María Caballero, por el que a solicitud de Felicidad Hinojosa Orellana y “Damiana Parra”, debido a que las casas y casuchas abandonadas que causa peligro para la seguridad y la proliferación de enfermedades infecciosas a causa de la basura, determinan y autorizan realizar una limpieza en la parte que les corresponde a cada propietario, “Destruyendo las paredes viejas por lo cual se encuentra abandonadas más de quince años y las casas semiabandonadas en caso de que aparezca dueños deberán presentar su documento propietario” (sic). Al respecto, cursa también informe de dicho Sindicato, de 30 de agosto de 2011, respecto a la situación y posesión del terreno en cuestión.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- Fragmento 2
- I.1. Antecedentes procesales suscitados ante el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Comarapa de la provincia Manuel María Caballero
- a)
- b)
- I.2.
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.1. Competencia material para conocer interdictos de adquirir, retener y recobrar la posesión entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción agroambiental
- III.2. Análisis del caso concreto