SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0857/2014
Fecha: 08-May-2014
Fragmento 16
Concluida la audiencia conclusiva y emitidas las Resoluciones que resolvieron, los incidentes y excepción, los accionantes interpusieron acción de libertad contra el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal de El Alto, denunciando que dicha autoridad judicial no les otorgó el uso de la palabra y no se pronunció sobre los incidentes y excepciones planteadas, objeción de la querella, que fue conocida y resuelta por el Juez Tercero de Partido y de Sentencia Penal de la misma urbe mediante Resolución 259/2013, denegando la acción planteada al considerar que los hechos alegados no ingresaban dentro del ámbito de protección de esa acción de defensa, al existir los medios idóneos de reclamación; determinación que motivó a la parte actora plantee la presente acción de libertad también en su contra, lo que no es permisible toda vez que no puede cuestionar su actuación pretendiendo modificar su decisión a través de otra acción constitucional, determinando ello se deniegue la tutela respecto a la autoridad judicial demandada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El debido proceso y la acción de libertad
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso en concreto
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Actuación del Juez Tercero de Partido y de Sentencia Penal
- Fragmento 18